Artículo 1 — Artículo 1
La comercialización de Arroz - Cáscara (Oriza sativa L.) se realizará de acuerdo con las normas establecidas en el presente Decreto.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
La comercialización de Arroz - Cáscara (Oriza sativa L.) se realizará de acuerdo con las normas establecidas en el presente Decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
Tipificación. El grano de arroz cáscara se tipificará en los siguientes tipos: Grano Largo, Grano Medio y Grano Corto.
Artículo 3 — Artículo 3
Clasificación. Las partidas, conjuntos o lotes de Arroz Cáscara se clasificarán como: Arroz Cáscara de grano largo. Arroz Cáscara de grano medio. Arroz Cáscara de grano corto. Arroz Cáscara de grano mezclado.
Artículo 4 — Artículo 4
Base de Comercialización. La base de comercialización para la compra - venta de Arroz Cáscara se establecerá teniendo en cuenta los siguientes rubros de calidad: a) Impurezas; b) Materias Extrañas; c) Humedad; d) Blanco total; e) Granos Enteros; f) Granos Verdes; g) Granos Rojos; h) Granos Manchados; i) Granos Yesosos;
Artículo 5 — Artículo 5
Definiciones. A los efectos de este Decreto regirán las siguientes definiciones: Es el grano de arroz (Oryza sativa L.) después de trillado, provisto de su cubierta exterior o cáscara (glumas y glumelas) pero sin pedúnculo. Se denomina también "palay" o "paddy". Arroz Descascarado Es todo grano de arroz desprovisto de su cubierta exterior o cáscara (glumas o glumelas) y revestido del pericarpio que le da su color característico. Se denomina también "arroz cargo". Arroz Elaborado Blanco Es todo grano de arroz del que se han eliminado total o parcialmente las cutículas del pericarpio y que presenta un color más o menos blanco. Se denomina también "arroz blanco" o "arroz elaborado". Afrechillo Se entiende por afrechillo a las capas de pericarpio y aleurona de color moreno, que se encuentran inmediatamente debajo de la cáscara, envolviendo el cariopside. Arroz Bien Elaborado En el arroz despojado de cáscara, el germen (parte del germen en el caso de arroz de grano corto), las capas exteriores del tegumento y la mayor parte de las interiores, pero en el que aún restan estrías de tegumento en no más del 10% (diez por ciento) de los granos. Arroz Cáscara Limpio Es el arroz cáscara libre de impurezas y materias extrañas. Blanco Total Es el conjunto de granos de arroz, enteros y quebrados, obtenidos en el molinado de arroz cáscara a un grado de bien elaborado. Cáscara La cáscara es el revestimiento exterior del grano "palay" constituido por las grumas y glumelas que envuelven el cariopside. Germen Es la pequeña porción situada en la base del grano, de la cual se origina la plántula. Granos Dañados Granos de arroz elaborado enteros o quebrados, que aparecen evidentemente dañados, ya sea por efecto de ataques de insectos, contaminación de hongos, calor, exceso de humedad, fermentaciones o cualquier otra causa. Granos Dañados por el Calor Granos de arroz elaborado enteros o quebrados, que han sufrido evidente deterioro en su color, apariencia o estructura, a consecuencia de secamiento inadecuado. Granos Enteros Son los granos no quebrados de arroz y los granos quebrados grandes cuyo largo es igual o superior a los tres cuartos de la longitud media de los granos no quebrados. Granos Quebrados Son los trozos de grano de arroz que tienen menos de tres cuartos de la longitud media de los granos no quebrados. También se denominan "granos tres cuartos". Granos Manchados Granos de arroz enteros o quebrados, que presentan una alteración de su color natural ya sea por exceso de humedad, insectos, contaminación de hongos, cualquier otro factor de suelo, climático o biológico. Granos Panza Blanca Granos de arroz enteros, que presentan una mancha blanca almidonosa en la mitad o más del grano sin llegar a cubrirlo totalmente y que presenta la protección de una camada externa dura, brillante y con textura vítrea. Granos Rojos Granos de arroz enteros o quebrados, que son de color rojo y/o presentan en su superficie estrías rojizas y/o tengan una cantidad apreciable de afrechillo rojo que los cubra. Granos Verdes Granos inmaduros de arroz enteros o quebrados, que presentan su superficie de color verdoso. Granos Yesosos Granos de arroz elaborado enteros y quebrados, que presentan un aspecto opaco, como yeso o tiza, en más de la mitad del grano. Humedad Es la cantidad de agua contenida en el arroz cáscara. Humedad Base Es el contenido de humedad del arroz cáscara, adecuado para su conservación. Impurezas Son los detritos de arroz, tales como cáscara y pajas; así como pequeños trozos de arroz que se separan al limpiarse la muestra y que no pueden ser recobrados por retamizado o artefactos de limpieza. Materias Extrañas Son todas las materias que no son arroz o detritos de arroz. Muestreo En el acto de obtener una muestra representativa de una partida, conjunto o lote identificado, con el propósito de su inspección y/o clasificación. Muestra Representativa Es aquella muestra que contiene los mismos elementos y en las mismas proporciones de la partida, conjunto o lote de arroz, cuyas características se quieren determinar. Semillas Objetables Son semillas enteras o quebradas diferentes que el arroz que no pueden ser apartadas por medio mecánicos de limpieza y que por esta razón afecta la calidad del "arroz elaborado", con excepción de la Echinocloa Sp. (capín). Semillas Son semillas enteras o quebradas de cualquier planta distinta que el arroz. Tipos de Granos Se basan en la relación largo/ancho de "grano de arroz elaborado blanco" no quebrado. Grano Largo Son los arroces cuyos granos tienen una relación largo/ancho de 3.0:1 y mayor. Grano Medio Son los arroces cuyos granos tienen una relación largo/ancho de 2.0:1 a 2.9:1. Grano Corto Son los arroces cuyos granos tienen una relación largo/ancho de 1.9:1 y menor. Medidas de los Granos Las medidas para granos de "arroz blanco" serán tomadas de acuerdo a las definiciones que siguen. Largo Es la distancia entre los puntos más distantes del grano. Ancho Es la distancia a través del grano en la parte más ancha. Espesor Es la distancia desde un lado del grano a su lado opuesto en la parte más ancha, tomado de perfil. Clases de Granos Arroz Cáscara de grano largo Será el arroz cáscara que contenga más del 25% (veinticinco por ciento) de grano entero y que después de bien elaborado, contenga un conjunto, no más del 10% (diez por ciento) de granos enteros de arroces de tipo medio o corto. Arroz Cáscara de Grano Medio Será el arroz cáscara que contenga más del 25% (veinticinco por ciento) de grano entero y que después de bien elaborado, contenga en conjunto no más del 10% (diez por ciento) de granos enteros de arroces de tipo largo o corto. Arroz Cáscara de Grano Corto Será el arroz cáscara que contenga más del 25% (veinticinco por ciento) de grano entero y que después de bien elaborado, contenga en conjunto no más del 10% (diez por ciento) de granos enteros de arroces de tipo largo o medio. Arroz Cáscara de Grano Mezclado Será el arroz cáscara que contenga más del 25% (veinticinco por ciento) de grano entero y que después de bien elaborado, contenga más del 10% (diez por ciento) de otros tipos distintos del tipo principal. 1. Para cuantificar la composición de los tipos distintos al principal de esta clase, se tomarán en cuenta los granos no quebrados y los granos quebrados grandes. 1.1. En granos No Quebrados Los granos no quebrados de: A) Arroz de grano largo en arroz de grano medio o en arroz de grano corto; B) Arroz de grano medio en arroz de grano largo o en arroz de grano corto; C) Arroz de grano corto en arroz de grano largo o en arroz de grano medio; 1.2. En Granos Quebrados Grandes Los granos quebrados grandes de: A) Arroz de grano largo o en arroz de grano medio o arroz de grano corto; B) Arroz de grano medio o arroz de grano corto en arroz de grano largo.
Artículo 6 — Artículo 6
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca establecerá: A) La base de comercialización; B) La tolerancia de recibo; C) Las bonificaciones y deducciones; D) La secuencia operativa para las determinaciones; E) Los procedimientos analíticos y la expresión de sus resultados; F) Las características y especificaciones técnicas de los equipos que deberán utilizarse en las determinaciones.
Artículo 7 — Artículo 7
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca también establecerá la documentación requerida para realizar las operaciones de recibos, depósitos y compra venta de arroz cáscara.
Artículo 8 — Artículo 8
Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Artículo 9 — Artículo 9
Comuníquese, etc.