Decreto544-1991·1991

ADELANTO DE HORA LEGAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de abril de 1991

Fecha de publicación

12 de noviembre de 1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Adelántase la hora legal 60 minutos en toda la República, a partir de la hora 0 del día 27 de octubre de 1991.

Artículo 2Artículo 2

El Ministro de Defensa dispondrá que la Dirección General de Meteorología efectúe las comunicaciones y publicaciones que correspondan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.