Artículo 1 — Artículo 1
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) y a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) a alcanzar el último día hábil del mes de diciembre de 2009 el 15% (quince por ciento) de distribución de sus facturas mediante la contratación de los servicios postales a la Administración Nacional de Correos, debiendo respetar un criterio de universalidad y no selectivo de las facturas mencionadas. El Poder Ejecutivo apreciará, en el ejercicio de sus poderes de contralor, el modo que se cumpla la exhortación que precede y la información que al respecto se remita.