Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
Desígnase a partir del 1º de enero de 1991 agentes de retención a las Bancas de Cubierta Colectiva de quinielas por las Comisiones generadas por los agentes que las integran, los subagentes y corredores.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.-