Decreto550-1994·1994

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. NOVIEMBRE/DICIEMBRE 1994

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1994

Fecha de publicación

1 de febrero de 1995

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de noviembre de 1994, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 82,19 (pesos uruguayos ochenta y dos con 19/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de noviembre de 1994 en $ 79,59 (pesos uruguayos setenta y nueve con 59/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de noviembre de 1994 a 12.090,95 (doce mil noventa con 95/100) sobre base Diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el ajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de diciembre de 1994 es de 1,4322 (uno con cuatro mil trescientas veintidós diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.