Créase la Unidad Coordinadora para la Promoción de Exportaciones de
Productos no-Tradicionales en el Sector Granjero.
La misma quedará integrada por los siguientes representantes y sus
respectivos alternos: dos por Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
(uno de ellos lo presidirá y el otro pertenecerá a la Junta Nacional de la
Granja), uno por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y uno por
Ministerio de Economía y Finanzas (Dirección de Comercio Exterior), uno
por la Unión de Exportadores del Uruguay, uno por la Cámara Mercantil de
Productos del País, uno por la Cámara de Industria y Servicios del
Uruguay. (*)
La Unidad Coordinadora funcionará en la órbita del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, el que le proporcionará el local, la
infraestructura y los recursos necesarios para el normal desenvolvimiento
de las labores asignadas.
Sus cometidos serán los siguientes:
a) procesar y someter a consideración del Poder Ejecutivo los objetivos a
alcanzar, y las estrategias a aplicar, los planes y programas a
cumplir, los proyectos a impulsar y las acciones a ejecutar;
b) recoger iniciativas públicas y privadas coincidentes con sus
objetivos, orientadas a impulsar las acciones necesarias para su
efectivización;
c) asesorar en materia de cooperación técnica y de la aplicación de los
fondos destinados al apoyo y promoción de exportaciones agrícolas no
tradicionales;
d) asesorar en las asignaciones de recursos destinados al apoyo y
promoción de las exportaciones agroindustriales no tradicionales de
conformidad a los mecanismos de financiamiento;
e) participar en el proceso de invitaciones públicas a participar a
empresa privadas interesadas en el apoyo a las exportaciones agrícolas
no tradicionales;
f) efectuar periódicamente la selección de las propuestas presentadas
para su aprobación por el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca;
g) realizar el proceso de seguimiento de las acciones financiadas y dar
aprobación a los desembolsos comprometidos para las mismas.
La Unidad Coordinadora contará con una Secretaría Ejecutiva, la que
tendrá las siguientes funciones: (*)
a) preparar, para consideración de la Unidad Coordinadora, Planes
Anuales Operativo para la ejecución de programas destinados al apoyo y
promoción de exportaciones agrícolas no -tradicionales;
b) ejecutar directamente dichos programas o coordinar su ejecución por
terceros del sector público o privado;
c) asistir a la Unidad Coordinadora en el proceso de preparación de
invitaciones públicas a participar a empresas privadas interesadas en el
apoyo a las exportaciones agrícolas no tradicionales;
d) dar apoyo técnico a las empresas en la preparación de propuestas que
las mismas desearan presentar a las invitaciones públicas a participar;
e) asistir a la Unidad Coordinadora en el análisis y selección de
propuestas presentadas;
f) asistir a la Unidad Coordinadora en la realización del proceso de
seguimiento de las acciones financiadas;
g) autorizar cambios de acciones durante la ejecución de las propuestas
seleccionadas, en la medida en que los mismos no afecten los objetivos de
la propuesta;
h) analizar y recomendar cursos de acción a seguir respecto de los
desembolsos de recursos comprometidos en las acciones de las empresas
ejecutantes.
La Secretaría Ejecutiva estará dirigida por un Secretario Técnico
designado a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en
acuerdo con los demás organismos o asociaciones que integran la Unidad
Coordinadora. (*)
Para el cumplimiento de sus cometidos la Unidad Coordinadora podrá
requerir la colaboración y asesoramiento de otros organismos nacionales y
departamentales, cuyo concurso sea necesario.
Serán recursos de la Unidad Coordinadora los provenientes de
afectaciones legales con tal fin, donaciones o financiamiento externo.
Para los efectos de los objetivos a alcanzar, las estrategias a
aplicar, los planes y programas a cumplir, los proyectos a impulsar y las
acciones a ejecutar, se considerarán como productos agrícolas de
exportación no -tradicional, a aquellos no contenidos en la siguiente
enumeración: animales vivos así como carnes y despojos comestibles de
vacunos, ovinos y equinos; productos de la pesca; leche, manteca y
caseína; naranjas, cereales, oleaginosos, productos de la molinería
semillas y frutos oleaginosos; grasas y aceites.
Comuníquese, etc.