Decreto553-1993·1993

FUNCIONARIOS - COMPENSACION MAXIMA AL GRADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de julio de 1993

Fecha de publicación

20/12/1993

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse a partir del 1º de enero de 1993 para al ex- Unidad Ejecutora 010 "Dirección Nacional de Comercio y Defensa del Consumidor" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" los valores de compensación máxima al grado cuyos topes establece el artículo 26 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y que constan en el planillado anexo que forma parte integrante de este Decreto. (*)

Artículo 2Artículo 2

La referida compensación deberá ser ajustada de acuerdo con los aumentos generados posteriores a la vigencia establecida en el artículo 1.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a la Contaduría General de la Nación a practicar los ajustes a la cantidad de cargos y funciones contratadas existentes al 1º de enero de 1993, cuando cuenten con respaldo legal y documentación fehaciente, así como a proceder en consecuencia con los créditos respectivos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.