Decreto554-1990·1990

FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. SETIEMBRE 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de mayo de 1990

Fecha de publicación

21/12/1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Increméntanse en un 17,8% a partir del 1º de setiembre de 1990 y hasta el 31 de diciembre de 1990, los salarios de la actividad privada vigentes por aplicación del decreto 446/990 del 27 de setiembre de 1990. (*)

Artículo 2Artículo 2

Exceptúanse de la aplicación del presente decreto los grupos y/o subgrupos de actividad que han formalizado acuerdos que fueron homologados por decreto del Poder Ejecutivo.

Artículo 3Artículo 3

Exceptúanse de la aplicación del artículo 1 del presente decreto las empresas que tengan con su personal convenios salariales no homologados por el Poder Ejecutivo con fechas diferentes de ajuste.

Artículo 4Artículo 4

Dispónese que los precios de los bienes y/o servicios de la actividad privada sólo podrán ser incrementados hasta el 17,8% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa por aplicación de los aumentos de los ingresos del Personal establecidos en el presente decreto.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.