Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase, hasta el 30 de noviembre de 1995, la prohibición de extracción de almeja amarilla (mesodesma mactroides) en el área litoral que se extiende de "La Coronilla" a "Barra del Chuy", departamento de Rocha, dispuesta por decreto Nº 470/993, de 27 de octubre de 1993, y con los alcances previstos en el Art. 17 de la ley Nº 13.833, de 29 de diciembre de 1969.