Decreto556-1993·1993

FUNCIONARIOS - COMPENSACION MAXIMA AL GRADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de agosto de 1993

Fecha de publicación

22/12/1993

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse a partir del 1º de enero de 1993 para el Inciso 02 "Presidencia de la República", los valores de compensación máxima al grado cuyos topes establece el artículo 26 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y que constan en el planillado anexo que forma parte integrante de este Decreto. (*)

Artículo 2Artículo 2

La referida compensación deberá ser ajustada de acuerdo con los aumentos generados posteriores a la vigencia establecida en el artículo 1.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a la Contaduría General de la Nación a practicar los ajustes a la cantidad de cargos y funciones contratadas existentes al 1º de enero de 1993, cuando cuenten con respaldo legal y documentación fehaciente, así como a proceder en consecuencia con los créditos respectivos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.