Artículo 1 — Artículo 1
La Unidad Coordinadora del Proyecto de Fortalecimiento Institucional del Sector Salud será dirigida por un Coordinador General, dependerá del Ministerio de Salud Pública y podrá comunicarse directamente, en todo lo relativo al desenvolvimiento de sus cometidos, con cualquier Dirección, Unidad Ejecutora o repartición de dicha Secretaría de Estado.