Artículo 1 — Artículo 1
Créase el "Grupo de Trabajo para el Plan de Manejo y Gestión del Parque Nacional Purificación" el que estará radicado en el Ministerio de Educación y Cultura (a través de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación), e integrado por un delegado del Ministerio de Educación y Cultura que lo coordinará, un delegado del Ministerio de Turismo y Deporte, un delegado del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, un delegado del Ministerio de Defensa Nacional y un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas.