Artículo 1 — Artículo 1
Para la aplicación de los ascensos a que pudiere dar lugar el decreto 352 de fecha 28 de julio de 1987 y a esos únicos efectos, a los funcionarios de la Dirección Nacional de Meteorología que adquirieron la calidad de presupuestados con fecha 1º de enero de 1986 por aplicación del artículo 176 de la ley 15.809 de fecha 8 de abril de 1986, se les tomará en cuenta la calificación correspondiente al período 1º de enero a 30 de noviembre de 1986 en forma proporcional al tiempo transcurrido entre el 1º de enero de 1986 y el 30 de junio del mismo año.