Decreto565-1992·1992

TRANSPORTE AEREO - ACUERDOS INTERNACIONALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/11/1992

Fecha de publicación

12 de marzo de 1992

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase aplicable en el ámbito internacional a partir del 20 de noviembre de 1986 las Enmiendas 12 y 13 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales -Operación de Aeronaves Aviación General Internacional- Anexo 6, Parte II al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)

Artículo 2Artículo 2

Decláranse aplicables en el derecho interno a partir de su publicación en el Diario Oficial las Enmiendas 12 y 13 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales -Operación de Aeronaves, Aviación General Internacional- Anexo 6 Parte II al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos.