Decreto565-2003·2003

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/12/2003

Fecha de publicación

13/01/2004

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el Nº 17.378 (P), ubicado en la Localidad Catastral Montevideo, del Departamento de Montevideo, que, según Plano de Mensura Nº 1359 del Departamento de Bienes Raíces de U.T.E., levantado por el Ing. Agrim. Jorge Laviano, aparece individualizado como Fracción B, tiene una superficie de 15 m2. 87 dm2. y se deslinda de la siguiente manera: al Sur da frente a la calle Hocquart según una recta de 3 m. 20 cms.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), deberá hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva habrá de abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 15.027 del 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.