Decreto569-2005·2005

APROBACION DE NORMAS SOBRE CALIFICACIONES Y ASCENSOS DEL PERSONAL POLICIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/2005

Fecha de publicación

1 de marzo de 2006

Artículos (6)

Artículo 1

I) REQUISITOS PREVIOS: A. Ser funcionario policial de cualquier subescalafón, debiendo prestar funciones en la Unidad que realiza el llamado, y en aquellos que prestan servicios en comisión una permanencia no inferior a 6 meses a la fecha de la inscripción, no debiendo estar sometido a Junta Médica o Sumario Administrativo. B. Edad: de 18 a 40 años, pudiendo el Ministro del Interior hacer uso de las facultades que le otorga el artículo 37 de la Ley Orgánica Policial en la redacción dada por el Decreto Ley nº 14.160 de 28 de diciembre de 1976 hasta el tope de 45 años. C. Aprobación de 3er. año del Ciclo Básico Unico (Enseñanza Secundaria o UTU), en cualquiera de sus orientaciones. D. Poseer conocimientos de operación básica de computadores (Procesador de Texto, Planilla Electrónica y Administración de archivos).

Artículo 2

II) DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL POSTULANTE A. Cédula de identidad y fotocopia de la misma. B. Credencial Cívica y fotocopia de la misma C. Solicitud de inscripción del postulante.

Artículo 3

III) CONCURSO DE OPOSICION Aprobar mediante concurso de oposición los exámenes culturales y pruebas que el Ministerio del Interior establezca para apreciar las condiciones del postulante, debiendo alcanzar una nota de acuerdo al método de evaluación que se establece: 1. Cada Unidad Ejecutora designará un Tribunal de Concurso con los cometidos que se establecen en el presente. 2. Los exámenes del Concurso se regirán por el sistema de seudónimo con el fin de brindar garantías de transparencia y objetividad a todos los concursantes por igual. 3. Evaluación: a. las evaluaciones en general se basarán en el sistema de calificación de 1.000 a 10.000 puntos. b. para la aprobación del Concurso el postulante debe alcanzar un promedio final mínimo de 6.000 puntos. c. las pruebas a realizarse serán: una de lenguaje (dictado de un texto), una de matemática (nivel 3º Ciclo Básico) y una de informática, cuyos contenidos específicos se comunicarán a los postulantes a fin de su correcta preparación al momento de la inscripción, y serán determinados por el Tribunal del Concurso. d. en caso de igualdad de calificación entre dos o más postulantes se aplicará el criterio de comparación de las calificaciones obtenidas en las pruebas rendidas en el siguiente orden: prueba de lenguaje, prueba de informática y prueba de matemática. Las diversas Unidades Ejecutoras podrán proponer se agreguen otros requerimientos o exámenes a los consignados en el presente, las que serán evaluadas a propuesta del Ministerio del Interior.

Artículo 4

IV) TRIBUNAL DEL CONCURSO: A. Habrá un Tribunal de Concurso con los siguientes cometidos: organizar el Concurso, evaluar los resultados de los exámenes, notificar los resultados del mismo, elevando al jerarca correspondiente la prelación de los postulantes según los criterios que se establecen en el presente. B. Integración: Cada Unidad Ejecutora designará un Tribunal Concurso que estará integrada por: un Presidente, tres miembros representativos de los Departamentos de Personal, Jurídico e Informática o sus similares en cada Unidad, y un Secretario.

Artículo 5

V) DERECHOS QUE OTORGA EL CONCURSO El postulante estará ubicado en una lista de precedencia en relación a las calificaciones obtenidas. De la misma y en orden descendente, se designarán los ingresos en las vacantes existentes. La lista de precedencia tendrá validez hasta el 31 de enero de 2007. Vencido dicho plazo, caducarán los derechos obtenidos por el postulante en el concurso respectivo.

Artículo 6

VI) DISPOSICIONES GENERALES El régimen de ingreso establecido en el presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado, no admitiéndose ningún tipo de procedimiento diferente al dispuesto.