Decreto57-1999·1999

ACTUALIZACION DEL SISTEMA NACIONAL DE CALIDAD DE LECHE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/02/1999

Fecha de publicación

3 de marzo de 1999

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1º de marzo de 1999, la clasificación de leche, para el pago por calidad higiénico-sanitaria, será de acuerdo al siguiente esquema: las variables clasificatorias continuarán siendo los recuentos microbianos y los recuentos de células somáticas y la pauta de exigencias será la siguiente: Categoría Recuentos microbianos Recuentos de cel. somáticas (en unidades formadoras de colonias) A Menores a 200 mil/ml de leche Menores de 800 mil/ml de leche B Mayores a 200 mil/ml pero menores Mayores de 800 mil/ml pero de 800/mil/ml de leche menores de 1000 mil/ml de leche C Mayores de 800 mil/ml de leche Mayores de 1000 mil/ml de leche. La asignación de una determinada categoría será definida por la variable clasificatoria en que se obtenga el mayor valor.- (*)

Artículo 2Artículo 2

Las frecuencias mensuales de análisis y la fórmula de cálculo de los promedios, no registrarán modificaciones, respecto a la metodología vigente.-

Artículo 3Artículo 3

Las exigencias establecidas en este sistema, serán las mínimas obligatorias, pudiendo las empresas compradoras establecer exigencias adicionales, si lo entienden necesario, con las bonificaciones suplementarias correspondientes.-

Artículo 4Artículo 4

Derógase toda otra forma anterior de asignación de puntaje para la clasificación de la leche, que no sea la resultante de la aplicación del esquema establecido por el art. 1º del presente decreto.-

Artículo 5Artículo 5

A partir del 1º de marzo del año 2000 el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y previo informe de la Junta Nacional de la Leche, podrá actualizar el sistema Nacional de calidad de la leche.-

Artículo 6Artículo 6

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital.-

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.-