Decreto57-2022·2022

EXHORTACION A UTE A MANTENER EL BENEFICIO COMERCIAL PARA LOS SUMINISTROS DE ENERGIA ELECTRICA DE RIEGO CON FINES PRODUCTIVOS. OCTUBRE 2021 - MARZO 2022

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de agosto de 2022

Fecha de publicación

2 de noviembre de 2022

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) a mantener el beneficio comercial en curso, en los plazos inicialmente previstos, para los suministros identificados con usos eléctricos de riego con fines productivos e instrumentarlo nuevamente para el período comprendido entre el 15 de octubre del año 2021 a marzo del año 2022. El referido beneficio comercial consistirá en un descuento mensual del quince por ciento (15%) del gasto total de energía eléctrica sin IVA.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.