Decreto572-1993·1993

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. NOVIEMBRE 1993. DICIEMBRE 1993

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/12/1993

Fecha de publicación

29/12/1993

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de noviembre de 1993, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 57,86 (pesos uruguayos cincuenta y siete con 86/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de noviembre de 1993 en $ 55,57 (pesos uruguayos cincuenta y cinco con 57/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de noviembre de 1993 a 8.353,30 (ocho mil trescientos cincuenta y tres con 30/100) sobre base Diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de diciembre de 1993 es de 1,5228 (uno con cinco mil doscientas veintiocho diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.