Decreto574-2008·2008

REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE EMBRIONES EQUINOS DESTINADOS A LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/11/2008

Fecha de publicación

12 de setiembre de 2008

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Adóptanse los requisitos zoosanitarios, para la importación de embriones equinos destinados a los Estados Partes aprobados por la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 42/07, de fecha 11 de diciembre de 2007, que constan en el Anexo del presente decreto que forma parte integral del mismo. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección General de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.