Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el término de 90 (noventa) días a partir del 21 de octubre de 1991, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, efectuada en dicho período.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el término de 90 (noventa) días a partir del 21 de octubre de 1991, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, efectuada en dicho período.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.