Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que, de acuerdo con la estructura organizacional vigente en las siguientes unidades ejecutoras del Inciso 08, "Ministerio de Industria, Energía y Minería", los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de mayor jerarquía, conforme a lo establecido por el artículo 9º de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994, son los que integran la nómina que se indica a continuación: UNIDAD EJECUTORA 001 "Dirección General de Secretaría" Dirección de la Asesoría Jurídica. Dirección de la Oficina Sectorial del Servicio Civil. Dirección de la Unidad Asesora de Promoción Industrial. Dirección Central de Administración Financiera. Dirección de Administración. UNIDAD EJECUTORA 002 'Dirección Nacional de Industrias" Dirección de la División Política Industrial. 5 Asesoría Dirección. UNIDAD EJECUTORA 003 "Dirección Nacional de Metrología Legal" Sub-Dirección de la Dirección Nacional de Metrología Legal. UNIDAD EJECUTORA 004 "Dirección Nacional de la Propiedad Industrial" Sub-Dirección de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. UNIDAD EJECUTORA 007 "Dirección Nacional de Minería y Geología" Sub-Dirección Nacional de Minería y Geología. UNIDAD EJECUTORA 008 "Dirección Nacional de Energía" Sub-Dirección de la Dirección Nacional de Energía. UNIDAD EJECUTORA 010 "Centro Nacional de Tecnología y Productividad Industrial" Sub-Dirección del Centro Nacional de Tecnología y Productividad Industrial. UNIDAD EJECUTORA 011 "Dirección Nacional de Tecnología Nuclear" Sub-Dirección de la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear.