Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la entrada al País de efectivos militares argentinos, consistentes en una Compañía, Banda, Bandera y Escolta del Batallón de Ingenieros de Combate Nº 121 (pertenecientes al Segundo Cuerpo del Ejército) procedente de la República Argentina con motivo de participar en la conmemoración de la Declaratoria de nuestra Independencia, que se realizará el día 25 de agosto en la ciudad de Paysandú.