Artículo 1 — Artículo 1
Actualízase a partir del 1º de enero de 1989 los montos de los límites de responsabilidad fijados en el Título XIII del Código Aeronáutico (decreto ley 14.305, del 29 de noviembre de 1974 ) incrementándose en un 57,24% (cincuenta y siete con veinticuatro por ciento).