Artículo 1 — Artículo 1
El coeficiente que se utilice para la liquidación trimestral de los haberes, partidas complementarias y beneficios sociales que correspondan al funcionario que debe desempeñar las tareas de Embajador de la República ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), será aquel que aplicado a los ítems señalados, determine un monto de U$S 10.575,= (dólares americanos diez mil quinientos setenta y cinco) trimestrales, por los conceptos de Sueldo y Gastos de Representación. (*)