Decreto58-2017·2017

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ENERO 2017

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de junio de 2017

Fecha de publicación

16/03/2017

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de enero de 2017, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 946,06 (pesos uruguayos novecientos cuarenta y seis con 06/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de enero de 2017 en $ 937,52 (pesos uruguayos novecientos treinta y siete con 52/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de enero de 2017 a 166,45 (ciento sesenta y seis con 45/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de febrero de 2017 es de 1,0827 (uno con ochocientos veintisiete diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.