Artículo 1 — Artículo 1
Derógase a partir del 1º de enero de 1995 los decretos de fecha 25 de marzo, 31 de mayo, 16 de agosto y 20 de setiembre de 1994, que fijan Precios Mínimos de Exportación para la importación de cubiertas, puntas y clavos, diversos tipos de papel y formularios de cheques, respectivamente.