Decreto587-1987·1987

FIJACION DE LAS TARIFAS DE ANTEL. MARZO 1987

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de noviembre de 1987

Fecha de publicación

28/10/1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las siguiente Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a a partir del 1º de marzo de 1987. (*)

Artículo 2Artículo 2

Las nuevas Tasas y Tarifas de larga distancia y servicios telegráficos que no dependan de la toma de consumos regirán a partir de la hora 0 del 8 de marzo de 1987.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Telecomunicaciones a sus efectos.-