Decreto59-2021·2021

REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 19.928, RELATIVA A LA EXONERACION DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL A LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE LOS AEROPUERTOS INTERNACIONALES DE CARRASCO Y LAGUNA DEL SAUCE, EMPRESAS DE TRANSPORTE AEREO DE PASAJEROS, Y EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SALAS DE CINE Y DE DISTRIBUCION CINEMATOGRAFICA. 1° NOVIEMBRE DE 2020 HASTA EL 31 DE MARZO DE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de noviembre de 2021

Fecha de publicación

18/02/2021

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exonérase de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el periodo 1° de noviembre de 2020 al 31 de marzo de 2021, a las empresas concesionarias del Aeropuerto Internacional de Carrasco y Aeropuerto Internacional de Laguna del Sauce, a las empresas de transporte aéreo de pasajeros que operan en la República Oriental del Uruguay, y a las empresas explotadoras de salas de cine y de distribución cinematográfica.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase al Banco de Previsión Social a determinar los requisitos formales que las empresas comprendidas deberán cumplir para acceder a la exoneración dispuesta en el presente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc