Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al régimen del seguro de enfermedad regulado por el Decreto-Ley Nº 14.407, de 22 de julio de 1975, y normas modificativas, a los trabajadores contratados en calidad de adscriptos al Presidente de la República de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 83 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.