Artículo 1 — Artículo 1
Créase un Grupo de Trabajo que funcionará en el ámbito del Poder Ejecutivo con el objeto de estudiar, analizar y elaborar propuestas para el desarrollo de la primera etapa (Fase 1) de la eventual puesta en marcha de un programa nuclear para generación de energía eléctrica en el Uruguay, y en particular las actividades preparatorias para la ejecución de un programa nucleoeléctrico, teniendo en cuenta las recomendaciones emanadas del Organismo Internacional de Energía Atómica (IAEA).