Decreto595-1991·1991

FUERZA AEREA URUGUAYA - EJERCITO NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de diciembre de 1991

Fecha de publicación

4 de setiembre de 1992

Artículos (6)

Artículo 1

CONTENIDO 1. Marco Jurídico. 2. Objetivos. 3. Funciones Generales. 4. Estructura Orgánica. 4.1 Descripción. 4.2 Organigrama. 5. Unidades Administrativas. 5.1 Dirección. 5.1.1. Sub-Dirección. 5.1.2. Secretaría. 5.1.3. Comisión Asesora de Adjudicaciones. 5.1.4. Grupos de Trabajo Asesores. 5.1.5.0. Divisiones. 5.1.5.1. División Operativa. 5.1.5.1.1. Departamento Jurídico. 5.1.5.1.2. Departamento Técnico. 5.1.5.1.3. Departamento de Asistencia Social y Cooperativa. 5.1.5.2. División Financiero Contable. 5.1.5.2.1. Departamento Contaduría. 5.1.5.2.2. Departamento Tesorería. 5.1.5.3. División Administración, Personal y Servicios. 5.1.5.3.1. Departamento Administrativo. 5.1.5.3.2. Departamento Personal. 5.1.5.3.3. Departamento Servicios. 5.1.5.3.4. Departamento Sanitario. 6. Disposiciones Generales. <a name="1.11" id="1.11"></a> 1. MARCO JURIDICO. 1.1. Decreto ley 14.157 de 21 de febrero de 1974, artículo 27. 1.2. Ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967, artículo 66. 1.3. Ley 13.728 de 17 de diciembre de 1968, artículos 46, 108, 112, 114, 119 y concordantes. 1.4. Ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, artículos 82 y 115. 1.5. Decreto ley 14.265 de 9 de setiembre de 1974. 1.6. Decreto ley 14.620 de 23 de diciembre de 1976. 1.7. Decreto 340/972 de 2 de mayo de 1972. 1.8. Decreto 689/973 de 21 de agosto de 1973. 1.9. Decreto 720/975 de 23 de setiembre de 1975. 1.10. Decreto 269/977 de 17 de mayo de 1977. 1.11. Decreto 420/982 de 30 de noviembre de 1982.

Artículo 2

2. OBJETIVOS. 2.1. El Servicio de Viviendas es un organismo conjunto, que integra el Servicio de Seguridad Social, dependiendo de la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas. 2.2. Su misión es la obtención de viviendas propias para el Personal Superior y Subalterno de las Fuerzas Armadas en actividad o en retiro con intervención de los organismos oficiales de crédito (Inciso 1, literal B, artículo 27 del decreto ley Orgánico de las Fuerzas Armadas 14.157 de 21 de febrero de 1974.

Artículo 3

3. FUNCIONES GENERALES. A los efectos de dar cumplimiento a su misión, el Servicio de Viviendas tiene a su cargo los siguientes cometidos: 3.1. Ejecutar la política de obtención de vivienda propia para los integrantes de las Fuerzas Armadas, Personal Superior y Subalterno, con intervención de los organismos oficiales de crédito, realizando la labor de promoción necesaria para el logro de la finalidad indicada. 3.2. Administrar la totalidad de los fondos creados o a crearse con el destino mencionado. 3.3. Brindar asistencia técnica a las Cooperativas constituidas por integrantes de las Fuerzas Armadas en el marco de la Ley de Vivienda 13.728 de 17 de diciembre de 1968, concordantes y reglamentarias, incentivando su constitución y procurando su difusión en el ámbito de las Fuerzas Armadas. 3.4. Integrar el sistema público de producción de viviendas de conformidad con el artículo 112 de la ley 13.728 a los efectos de la construcción de viviendas. 3.5. Actuar como Organismo de intermediación y asesoramiento en el mercado de viviendas nuevas y usadas promoviendo su adquisición por el Personal Militar, lo que será facilitado mediante apoyo en la concesión de préstamos. 3.6. Asesorar a los integrantes de las Fuerzas Armadas en las gestiones relacionadas con el cumplimiento de los cometidos específicos del Servicio, así como en materias de arrendamientos urbanos con destino a vivienda. 3.7. Asesorar al Ministerio de Defensa Nacional y a los Organismos de Asesoramiento y Planificación de él dependientes en todo lo referente a la obtención de vivienda propia para los integrantes de las Fuerzas Armadas. 3.8. Adjudicar la prestación legal a los causahabientes del Personal Militar fallecido con motivo o a causa de la lucha antisubversiva, disponiendo la adquisición de vivienda propia o de valores en Obligaciones Reajustables en su caso. 3.9. Ejercer las competencias y cumplir las misiones que le sean asignadas por la Superioridad en circunstancias concretas.

Artículo 4

4. ESTRUCTURA ORGANICA. 4.1. Descripción. El Servicio de Viviendas cumple sus funciones administrativas por medio de una estructura interna que será organizada de la siguiente forma: A. Dirección del Servicio. B. Divisiones Operativa, Financiero Contable y Administración, Personal y Servicios. C. Departamentos: Jurídico, Técnico, Asistencia Social y Cooperativa, Contaduría, Tesorería, Administración, Personal, Servicios y Sanitario. 1.0. DIRECCION. 1.1. Director. 1.2. Sub-Director. 1.3. Secretarías. 1.4. Comisión Asesora de Adjudicaciones. 1.5. Grupos de Trabajo Asesores. 1.6. DIVISION OPERATIVA. 1.6.1. Departamento Jurídico. 1.6.1.1. Sección Asesoría Letrada. 1.6.1.2. Sección Asesoría Notarial. 1.6.1.3. Sección Contrataciones y Convenios. 1.6.2. Departamento Técnico. 1.6.2.1. Sección Planeamiento, Estudios y Proyectos. 1.6.2.2. Sección Asesoramiento, Tasaciones y Supervisiones. 1.6.2.3. Sección Dirección y Liquidación de Obras. 1.6.3. Departamento de Asistencia Social y Cooperativa. 1.6.3.1. Sección Servicio Social. 1.6.3.2. Sección Educación Cooperativa. 1.6.3.3. Sección Calificación y Adjudicación. 1.7. DIVISION FINANCIERO CONTABLE. 1.7.1. Departamento de Contaduría. 1.7.1.1. Sección Préstamos. 1.7.1.2. Sección Contabilidad. 1.7.1.3. Sección Obra. 1.7.2. Departamento de Tesorería. 1.7.2.1. Sección Gastos. 1.7.2.2. Sección Tesorería. 1.7.2.3. Sección Presupuesto. 1.8. DIVISION ADMINISTRACION, PERSONAL Y SERVICIOS. 1.8.1. Departamento Administrativo. 1.8.1.1. Sección Mesa de Entrada. 1.8.1.2. Sección Trámite y Archivo. 1.8.2. Departamento Personal. 1.8.2.1. Sección Personal. 1.8.3. Departamento Servicios. 1.8.3.1. Sección Vigilancia. 1.8.3.2. Sección Servicios Especiales. 1.8.4. Departamento Sanitario. 1.8.4.1. Sección Servicio Médico.

Artículo 5

5. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. a) Relaciones. Depende de: Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas. Supervisa a: División Operativa. División Financiero Contable. División Administración, Personal y Servicios. 5.1.Dirección (Director). La Dirección del Servicio será ejercida por el Director y el Sub- Director del mismo de conformidad con la distribución de competencias que se expresa seguidamente. El Director y el Sub-Director serán Coroneles o Capitanes de Navío en actividad, designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del señor Comandante en Jefe que corresponda. b) Funciones (del Director). 1º Ejecutar la política de obtención de viviendas propias para los integrantes de las Fuerzas Armadas de conformidad con las directivas que sean dispuestas por la Superioridad. 2º Asesorar, a través de la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas al Ministerio de Defensa Nacional y al Poder Ejecutivo en los asuntos de competencia del Servicio. 3º Representar al Servicio en todos los cometidos que le sean asignados por la Ley y la reglamentación y coordinar la acción del mismo con los órganos públicos y dependencias de las Fuerzas Armadas, en lo referente a sus cometidos comunicándose directamente con cada uno de ellos. 5.1.1. Sub-Director. a) Relaciones. Depende de: Director. Supervisa a: División Operativa. División Financiero Contable. División Administración, Personal y Servicios. b) Funciones. 1º Sustituir al Director en caso de ausencia. 2º Secundar al Director en la organización y funcionamiento en lo Administrativo y Técnico para el cumplimiento de los cometidos del Servicio. 3º Centralizar la conducción del trámite administrativo del Servicio de acuerdo con las normas que se dicten al respecto. 4º Ejercer el control de los asuntos vinculados con la administración del Servicio en lo relativo al personal, presupuesto, suministros y servicios. 5º Programar y ejercer la coordinación de las actividades de los departamentos, procurando armonizar las mismas en todos los casos en que se requiere la participación de más de uno de ellos cuando se constituyan equipos interdisciplinarios para atender misiones específicas. 5.1.2. SECRETARIAS. La Secretaría de la Dirección y Sub-Dirección serán desempeñadas por Personal Subalterno, teniendo a su cargo el cumplimiento de las funciones administrativas correspondientes. 5.1.3. COMISION ASESORA DE ADJUDICACIONES. A) Relaciones Depende de: Dirección La Comisión Asesora de Adjudicaciones será presidida por el señor Sub- Director y ejercerá los cometidos previstos en la Ley de Contabilidad y Administración Financiera, aconsejando sobre la conveniencia de las ofertas presentadas en las contrataciones a realizar. 5.1.4. GRUPOS DE TRABAJO ASESORES. a) Relaciones Depende de: Dirección Dependerán de la Dirección los Grupos de Trabajo Asesores que sean designados en cada caso por el señor Sub-Director y presididas por éste, para el estudio de asuntos que requieran pronunciamientos técnicos interdisciplinarios y produciendo los informes que correspondan. 5.1.5.0. DIVISIONES. Los Jefes de División serán Oficiales de las Fuerzas Armadas de la categoría de Jefes. La organización interna del Servicio de Viviendas se realiza a través de las Divisiones Operativa, Financiero Contable y Administración, Personal y Servicios de acuerdo a la estructuración siguiente. 5.1.5.1. DIVISION OPERATIVA. a) Relaciones Depende de: Dirección Supervisa a: Departamento Jurídico Departamento Técnico Departamento de Asistencia Social y Cooperativa b) Funciones Centralizar los cometidos de planificación, coordinación y supervisión, ejerciendo todas las actuaciones referentes a la administración en general de los medios y el personal del Servicio de Viviendas y de sus dependencias logísticas internas. 5.1.5.2. DIVISION FINANCIERO CONTABLE. a) Relaciones Depende de: Dirección Supervisa a: Departamento Contaduría Departamento Tesorería b) Funciones Centralizar los cometidos de asesoramiento a la Dirección en todo lo relacionado con su materia específica, aplicar las normas de naturaleza económica pertinentes y proceder a instrumentar su cumplimiento. 5.1.5.3. DIVISION ADMINISTRACION, PERSONAL Y SERVICIOS. a) Relaciones Depende de: Dirección Supervisa a: Departamento Administrativo Departamento Personal Departamento Servicios Departamento Sanitario b) Funciones 1. - Realizar los cometidos que hacen posible el funcionamiento material y Sanitario del Servicio, así como la afectación y contralor administrativo y disciplinario de su personal. 2. - Ejecutar los enlaces pertinentes con la Superioridad respecto de la política de personal. 3. - Conservar toda la documentación referente al personal del Servicio, a los efectos del ejercicio de las potestades disciplinarias, de calificación, ascensos, licencias, etc. respecto del mismo. 4. - Recibir toda documentación dirigida al Servicio, dándole el trámite correspondiente, efectuando la orientación al público, e informando al personal en cuestiones de su interés. 5.1.5.1.1. DEPARTAMENTO JURIDICO a) Relaciones Depende de: División Operativa Supervisa a: Sección Asesoría Letrada Sección Asesoría Notarial Sección Contrataciones y Convenios b) Funciones 1. - Asesorar al Director, dictaminar y emitir opinión técnica en los aspectos jurídicos y notariales. 2. - Preparar los proyectos de normas legales y reglamentarias que se soliciten, así como los contratos, convenios, actas, escrituras y otros actos jurídicos en que intervenga el Servicio o las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional que así lo soliciten en las materias del Servicio. 3. - Autorizar las escrituras públicas y demás actos jurídicos en los que el Servicio sea parte beneficiaria o adquirente de bienes o derechos enajenados, no devengándose honorarios por la actuación de sus escribanos. 4. - Representar y patrocinar al Estado ante los órganos judiciales o administrativos en aquellos casos que así lo disponga el Ministerio de Defensa Nacional por disposición expresa. 5. - Asesorar a los integrantes de las Fuerzas Armadas y a las Cooperativas de Vivienda integrados por éstos en todo lo referente a la materia jurídica y notarial en el ámbito de competencia del Servicio, que le sea requerida brindándole el apoyo necesario. 5.1.5.1.2. DEPARTAMENTO TECNICO a) Relaciones Depende de: División Operativa Supervisa a: Sección Planeamiento, estudios y proyectos. Sección Asesoramiento, tasaciones y supervisiones. Sección Dirección y liquidación de obra. b) Funciones 1. - Asesorar al Director en todas las materias que requieran su intervención para la obtención de viviendas para los integrantes de las Fuerzas Armadas. 2. - Realizar estudios, investigaciones y planificación elaborando proyectos, planos, memorias, pliegos de condiciones, etc., necesarios para la construcción, refacción y ampliaciones de viviendas individuales o colectivas. 3. - Cumplir la supervisión y dirección de obras en todos los proyectos en que tenga intervención el Servicio, formulando sugerencias técnicas sobre los proyectos a ejecutarse. 4. - Brindar asesoramiento y asistencia a los integrantes de las Fuerzas Armadas y a las Cooperativas de Vivienda integradas por éstos en todo lo referente a la materia técnica, en el ámbito de competencia del Servicio que le sea requerida, brindándoles el apoyo necesario. 5.1.5.1.3. DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA SOCIAL Y COOPERATIVA a) Relaciones Depende de: División Operativa Supervisa a: Sección Servicio Social Sección Educación Cooperativa Sección Calificación y Adjudicación b) Funciones 1. - Centralizar la prestación de los servicios de asesoramiento y apoyo en las áreas social y cooperativa en materia de vivienda. Sin perjuicio de la labor específica de sus técnicos competentes, coordinará la actuación de los profesionales dependientes de otros departamentos asignados a tareas complementarias que fueren necesarios. 2. - Estudiar la situación de los aspirantes a la obtención de viviendas y solicitantes de préstamos, verificar la integración de sus núcleos familiares y antecedentes y asesorar al respecto. 3. - Asignar la puntuación correspondiente y aconsejar sobre la adjudicación a realizar por el Servicio. 5.1.5.2.1. DEPARTAMENTO DE CONTADURIA a) Relaciones Depende de: División Financiero Contable Supervisa a: Sección Préstamos Sección Contabilidad Sección Obras b) Funciones 1. - Realizar todos los actos necesarios para la adecuada administración financiero-contable y registro de todos los recursos asignados al Servicio como productor de viviendas, administrador de recursos y en toda la materia financiera referente a vivienda de competencia del Servicio. 2. - Asesorar a los integrantes de las Fuerzas Armadas y las Cooperativas de vivienda integradas por éstos en todo lo referente a la materia contable y económica financiera en el ámbito de competencia del Servicio que le sea requerida, brindándoles el apoyo necesario. 5.1.5.2.2. DEPARTAMENTO TESORERIA a) Relaciones Depende de: División Financiero Contable Supervisa a: Sección Gastos Sección Tesorería Sección Presupuesto b) Funciones Entender en todo lo referente a la instrumentación y liquidación presupuestal de sueldos, gastos, contrataciones, verificando la regularidad de los movimientos y la actualización de la contabilidad y proponiendo en su caso las normas y criterios de organización más convenientes. 5.1.5.3.1. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a) Relaciones Depende de: División Administración, Personal y Servicios. Supervisa a: Sección Mesa de Entrada Sección Trámite y Archivo. b) Funciones 1º. - Conducir el trámite administrativo y el archivo de los expedientes tramitados en el Servicio y de la documentación remitida al mismo. 2º. - Disponer la difusión por las vías que correspondan de toda la información de utilidad para los integrantes de las Fuerzas Armadas. 3º. - Organizar y mantener en funcionamiento la unidad de información y orientación al público, y ejercer las funciones de relaciones públicas en lo referente a las materias de competencia del Servicio. 5.1.5.3.2. DEPARTAMENTO PERSONAL a) Relaciones Depende de: División Administración, Personal y Servicios. Supervisa a: Sección Personal b) Funciones 1º. - Actuar en la supervisión del ingreso y egreso del personal del Servicio, novedades diarias, régimen de guardias, licencias, calificaciones, etc. 2º. - Conservar los legajos y toda la documentación referida al mismo en cumplimiento de las actividades señaladas precedentemente. 5.1.5.3.3. DEPARTAMENTO SERVICIOS a) Relaciones Depende de: División Administración, Personal y Servicios. Supervisa a: Sección Vigilancia Sección Servicios Especiales b) Funciones 1º. - Realizar el servicio de vigilancia de la sede del Servicio, así como de su estacionamiento. 2º. - Efectuar el control sobre los servicios de conductores, limpieza y ordenanzas y el funcionamiento de cantina. 5.1.5.3.4. DEPARTAMENTO SANITARIO a) Relaciones Depende de: División Administración, Personal y Servicios. Supervisa a: Sección Servicio Médico b) Funciones Prestar asistencia en primera instancia al personal del Servicio, así como realizar el enlace con el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas en cuanto a las directivas que éste imparta en su política sanitaria, tramitación de ingresos, etc.

Artículo 6

6. DISPOSICIONES GENERALES 6.1. (TRAMITACION DE EXPEDIENTES) Las solicitudes, informes o consultas formuladas por personal de las Fuerzas Armadas en relación con los cometidos del Servicio de Viviendas serán presentadas directamente ante el mismo sin perjuicio de lo que se establezca en las Reglamentaciones de Préstamos para vivienda en cuanto al posible diligenciamiento por la vía de los Comandos o Reparticiones que correspondan. 6.2.(REVISION Y ACTUALIZACION) El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento será reexaminado periódicamente en forma prudencial cuando así lo disponga la Superioridad con el fin de introducirle si corresponde las modificaciones necesarias para su debida actualización. En los casos en que se produzcan modificaciones sustanciales derivadas de la aprobación de nuevas normas legales o reglamentarias, la actualización deberá efectuarse en forma inmediata. 6.3. Encomiéndase al Departamento Jurídico la realización de la revisión y actualización del presente Reglamento en base a las directivas y previo pronunciamiento de la Dirección del Servicio a sus efectos. Anexo A<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>