Decreto6-2023·2023

EXHORTACION A UTE A MANTENER EL BENEFICIO COMERCIAL PARA LOS SUMINISTROS DE ENERGIA ELECTRICA DE RIEGO CON FINES PRODUCTIVOS. OCTUBRE 2022- MARZO 2023

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de diciembre de 2023

Fecha de publicación

23/01/2023

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) a otorgar el beneficio comercial para los suministros identificados con usos eléctricos de riego con fines productivos, implementado en anteriores zafras productivas, para el período comprendido entre el 15 de octubre del año 2022 y el 31 de marzo del año 2023. El beneficio comercial consistirá en un descuento mensual del 15% (quince por ciento) del gasto total de energía eléctrica sin IVA.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.