Decreto60-1994·1994

TRANSFERENCIA DE RUBROS PRESUPUESTALES. PARTIDAS PRESUPUESTALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 1994

Fecha de publicación

24/02/1994

Artículos (11)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase en el Programa 001 Secretaría de Estado la transferencia de $ 5.692.124 (cinco millones seiscientos noventa y dos mil ciento veinticuatro pesos uruguayos) al proyecto 853 "Mantenimiento del programa" del Programa 001: del Proyecto 701 "Gastos de Estudio" por $ 354.00 (trescientos cincuenta y cuatro mil pesos uruguayos); Proyecto 702 "Convenios" por $ 5.300.000 (cinco millones trescientos mil pesos uruguayos); Proyecto 906 "Plan Nacional de Conteos de Tránsito" por $ 35.124 (Treinta y cinco mil ciento veinticuatro pesos uruguayos) y Proyecto 907 "Asistencia Técnica" por $ 3.000 (Tres mil pesos uruguayos).

Artículo 2Artículo 2

Apruébase la transferencia en el Programa 003 - Dirección Nacional de Vialidad, de $ 38.602.000 (treinta y ocho millones seiscientos dos mil pesos uruguayos) al Proyecto 855 "Mantenimiento del Programa" FIMTOP, del Proyecto 734 "Ruta 30" $ 1.337.000 (un millón trescientos treinta y siete mil pesos uruguayos) FIMTOP y $ 6.265.00 (Seis millones doscientos sesenta y cinco mil pesos uruguayos). ENDEUDAMIENTO, del Proyecto 777 "Ruta 1" $ 915.000 (novecientos quince mil pesos uruguayos) FIMTOP y $ 13.760.000 (trece millones setecientos sesenta mil pesos uruguayos). ENDEUDAMIENTO, y de los siguientes proyectos de ENDEUDAMIENTO: Proyecto 778 "Ruta 11" $ 3.760.000 (tres millones setecientos sesenta mil pesos uruguayos, Proyecto 887 "Ruta 11 by - pass San José " $ 1.125.000 (un millón ciento veinticinco mil pesos uruguayos), Proyecto 889 "Ruta 11 by - pass Canelones" $ 915.000 (novecientos quince mil pesos uruguayos), Proyecto 944 "Ruta 3" $ 6.265.000 (seis millones doscientos sesenta y cinco mil pesos uruguayos), Proyecto 946 "Ruta 6 - Puentes" $ 3.425.000 (tres millones cuatrocientos veinticinco mil pesos uruguayos), Proyecto 947 "Ruta 2" $ 835.000 (ochocientos treinta y cinco mil pesos uruguayos).

Artículo 3Artículo 3

Apruébase la transferencia en el Programa 004 - Dirección Nacional de Hidrografía de $ 11.409.811 (once millones cuatrocientos nueve mil ochocientos once pesos uruguayos) al Proyecto 856 "Mantenimiento del Programa", del Proyecto 815 "Puerto Piriápolis" por $ 3.442.191 (tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ciento noventa y uno pesos uruguayos), Proyecto 831 "Ampliación Atracadero Puerto Punta del Este" $ 5.855.666 (cinco millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos sesenta y seis pesos uruguayos), Proyecto 915 "Muelle Nueva Palmira" $ 1.922.696 (un millón novecientos veintidós mil seiscientos noventa y seis pesos uruguayos), Proyecto 917 "Atracadero Puerto Concordia (Colonia)" $ 1.671 (mil seiscientos setenta y uno pesos uruguayos), Proyecto 923 "Dragado Paso Almirón" $ 1.671 (mil seiscientos setenta y uno pesos uruguayos), Proyecto 873 "Reconstrucción muelle principal Punta del Este" $ 185.916 (ciento ochenta y cinco mil novecientos dieciséis pesos uruguayos). Todos los créditos precedentes son con financiación FIMTOP.

Artículo 4Artículo 4

Apruébase la transferencia en el Programa 005 Dirección Nacional de Arquitectura de $ 1.007.146 (un millón siete mil ciento cuarenta y seis pesos uruguayos) al Proyecto 857 "Mantenimiento del Programa", del Proyecto 759 "Investigación de Estudio y Preinversión" por $ 67.114 (sesenta y siete mil ciento catorce pesos uruguayos), el Proyecto 762 "Adquisición de Maquinaria" por $ 275.314 (Doscientos setenta y cinco mil trescientos catorce pesos uruguayos), el Proyecto 925 "Refacción y adecuación edificio M.T.O.P." $ 587.000 (quinientos ochenta y siete mil pesos uruguayos), Proyecto 763 "Renovación del parque automotor" $ 28.413 (veintiocho mil cuatrocientos trece pesos uruguayos), Proyecto 764 "Regionales Dirección Nacional de Arquitectura" $ 49.305 (cuarenta y nueve mil trescientos cinco pesos uruguayos).

Artículo 5Artículo 5

Apruébase la transferencia en el Programa 006 Dirección Nacional de Topografía de $ 1.656.030 (Un millón seiscientos cincuenta y seis mil treinta pesos uruguayos) al Proyecto 858 "Mantenimiento del Programa", del Proyecto 765 "Expropiaciones para Obras del Plan de Inversiones".

Artículo 6Artículo 6

Apruébase la transferencia en el Programa 007 Dirección Nacional de Transporte de $ 2.056.000 (Dos millones cincuenta y seis mil pesos uruguayos) al Proyecto 859 "Mantenimiento del Programa", del Proyecto 766 "Adquisición e Instalación de Balanzas" por $ 1.055.000 (un millón cincuenta y cinco mil pesos uruguayos); Proyecto 768 por $ 338.000 (trescientos treinta y ocho mil pesos uruguayos); Proyecto 851 por $ 143.000 (ciento cuarenta y tres mil pesos uruguayos); Proyecto 852 por $ 210.000 (Doscientos diez mil pesos uruguayos) y Proyecto 847 por $ 310.000 (trescientos diez mil pesos uruguayos). Los créditos de los proyectos 766 y 768 son en moneda extranjera, por lo que requieren un cambio de componente.

Artículo 7Artículo 7

Apruébase el Plan de Mantenimiento del Inciso 10 Ministerio de Transporte y Obras Públicas para el ejercicio 1993, que totaliza $ 259.130.192 (doscientos cincuenta y nueve millones ciento treinta mil ciento noventa y dos pesos uruguayos) a valores de diciembre de 1992 de acuerdo con la distribución de Programas y Rubros de gastos indicados en los Anexos Nº 1 a 4 que forman parte integrante de este Decreto. (*)

Artículo 8Artículo 8

Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo con los incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los Funcionarios Públicos, y los restantes en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto por el Art. 82 de la Ley 15.809 del 8 de abril de 1986.

Artículo 9Artículo 9

La suma total de $ 259.130.192 a que asciende el monto del referido Plan, se financia así: $ 225.958.464 (doscientos veinticinco millones novecientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos uruguayos) FIMTOP, y $ 33.171.728 (treinta y tres millones ciento setenta y un mil setecientos veintiocho pesos uruguayos) Endeudamiento.

Artículo 10Artículo 10

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas comunicará el detalle de las imputaciones a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación con los mecanismos implementados por esta última a tales efectos.

Artículo 11Artículo 11

Comuníquese, dése cuenta a la Asamblea General y previa toma de razón por la Contaduría Central y la Auditoría del Tribunal de Cuentas de la República destacada en el mismo, archívese.