Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el artículo 4º del Decreto Nª 85/001, de 23 de febrero de 2001.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el artículo 4º del Decreto Nª 85/001, de 23 de febrero de 2001.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.