Decreto601-1987·1987

MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BCU. EJERCICIO 1986

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/10/1987

Fecha de publicación

11 de diciembre de 1987

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyense para el Ejercicio 1986 las partidas aprobadas para el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay por las siguientes: Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras N$ 24.451:595.633 Rubro Denominación N$ N$ 0 Retrib. de Serv. Pers. 611:067.984 011311 Sueldos Bas. Esc. Civil 243:351.513 Directores 8:353.576 011315 Dif. p/Subrogación 4:097.945 011316 Prima p/Antigüedad 31:573.048 019 Sueldo Anual Complem. 23:948.008 021321 Sueldos Bas. As. al Esc. Civil 133:246.170 021326 Prima p/Antigüedad 12.864.298 029 Sueldo Anual Complem. 12:175.874 061301 Por Trab. en Hs. Extras 20:439.281 061304 Funcs. dist. al Cargo 932.177 061310 Prima p/Especializ 28:115.645 061311 Complement. p/Reestruct. 27:718.025 061312 Adel. a Cta. (N$ 600) 1:908.000 061313 Decreto Nº 182/985 30:392.721 062311 Gastos de Represent. 608.422 069361 Sueldo Anual Complem. 9:092.186 077 Quebranto de Caja 7:440.000 091 Retrib. Ejerc. Anteriores 14:811.095 ______________ 1 Cargas Leg. s/Serv. Pers. 255:829.795 111 Ap. Pat. Sist. de Seg. Soc. 242:064.923 123 Ap. Pat. al F.N.V. 6:882.436 131 Imp. a Ret. y Prest. Nom. 6:882.436 _______________ 2 Mat. y Suministros 235:000.000 3 Serv. no Personales 588:200.000 7 Subs. y otras Transfer. 219:165.256 7.0 Donaciones Varias 11:130.800 751 Prima p/Matrimonio 452.085 752 Hogar Constituido 19:133.388 753 Prima p/Nacimiento 519.170 754 Prest. p/Hijos 6:920.046 759 Viático p/Alimentación 87:918.767 774 Cont. p/Asist. Médica 93:091.000 _______________ 8 Serv. Deuda y Anticipo 22.519:000.000 9 Asignaciones Globales 23:332.598 _______________ II - Plan Anual de Inversiones N$ 49:531.000 Rubro Denominación N$ 4 Maq. Equip. y Mobiliario 32:537.000 6 Const. Mej. y Rep. Extra 16.994.000 La apertura por proyecto y fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos que forman parte integrante de este decreto. Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" contienen todos los aumentos salariales otorgados por el Poder Ejecutivo para el Ejercicio 1986.

Artículo 2Artículo 2

La partida correspondiente al Rubro 8 "Servicios de Deuda y Anticipo" para cubrir los gastos por concepto de intereses y comisiones en moneda nacional y extranjera a cargo del Banco, no serán de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo a sus reales necesidades, dando conocimiento a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Tribunal de Cuentas de la República.

Artículo 3Artículo 3

Mantienen su vigencia los artículos 3º, 4º, 5º y 6º del decreto 351/986 de fecha 9 de julio de 1986.

Artículo 4Artículo 4

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.-