Decreto604-1989·1989

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. NOVIEMBRE 1989. DICIEMBRE 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1989

Fecha de publicación

3 de mayo de 1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de noviembre de 1989, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 5.317,72 (nuevos pesos cinco mil trescientos diecisiete con 72/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (URA) del mes de noviembre de 1989 en N$ 4.908,57 (nuevos pesos cuatro mil novecientos ocho con 57/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de noviembre de 1989 a 810,98 (ochocientos diez con 98/100) sobre base diciembre de 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de diciembre de 1989 es 1,8191 (uno con ocho mil ciento noventa y una diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.