Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes categorías con carácter nacional para los trabajadores del Grupo 1, Comercio, Subgrupo 15 de Servicios Fúnebres y 15 de Servicios Fúnebres y Previsoras: Jefes en Areas Administración y Ventas: son los responsables de todas o cualesquiera de las áreas administrativas, comerciales y/o contables, debiendo desempeñar las obligaciones inherentes. Tienen personal a su cargo y dependen de sus superiores jerárquicos. NIVEL I 1°) Area Administrativa A) Encargado de contabilidad: Realiza funciones contables y administrativas en general, cobranzas, pagos trámites bancarios. Atiende público. Debe colaborar en las tareas afines que requieran su concurso. Puede tener personal a su cargo. Depende de sus superiores inmediatos. B) Encargado de Oficina. Es el responsable de todos los trámites y gestiones administrativas. Puede: atender público realizar tareas de facturación, cuenta corriente, contables, y colaborar en toda labor administrativa, así como tener personal a su cargo. Depende de sus superiores inmediatos. 2°) Area de Ventas Vendedor: En ausencia de sus superiores o cuando éstos lo dispongan es el responsable del funcionamiento de la empresa en el turno que le corresponda cumplir. Realiza la venta de los servicios fúnebres y anexos. Atiende público. Debe realizar tareas de oficina relacionadas a su área específica. Tiene personal a su cargo. Depende jerárquicamente a sus superiores inmediatos. 3°) Servicios Generales. Capataz: Supervisa el personal de pista o garage, el mantenimiento y limpieza de los vehículos de la Empresa. Debe estar habilitado para conducir profesionalmente los vehículos de servicio. En caso de ser necesario suplirá a los choferes a su cargo. Depende jerárquicamente del encargado de turno o quien desempeñe dicha función. NIVEL II 1°) Area Administrativa A) Auxiliar primero Desarrollará todas las tareas administrativas y/o contables y/o comerciales que le competen al área, departamento o sección donde presta servicios, debiendo brindar su concurso a cualquiera de los indicados sectores cuando lo dispongan sus superiores. Puede subrogar transitoriamente a los encargados debiendo hacerse cargo de sus respectivas obligaciones y responsabilidades. B) Cajero Desarrollará todas las funciones específicas del cargo que ocupa, debiendo además ejecutar las tareas contables y/o administrativas inherentes al mismo. Puede colaborar en tareas de oficina afines que le indiquen. Depende de jefes y/ o encargados. 2°) Area de Ventas Es el que asiste al vendedor-encargado de turno-en su función, colaborando directamente con el mismo, y de quien depende (jefe de su área). Si es necesario debe suplirlo en caso de ausencias temporarias en todas sus funciones, debiendo quedar constancia de este reemplazo en el Libro de Horarios Especiales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Fuera de la ejecución de la asistencia o suplencias que le competen debe realizar todas las tareas inherentes a su área que lo indique el superior a su cargo. 3°) Area de Servicio A) Encargado de Sucursal Depende de sus superiores inmediatos. Desarrollará tareas administrativas y/o contables que le competen al área. Realiza cobranzas, ventas de servicios fúnebres y anexos y atiende público. Será responsable del mantenimiento del local a su cargo. Tiene personal a su cargo. B) Encargado de Mantenimiento Es el encargado del mantenimiento de todos los bienes, locales o vehículos de la Empresa. Puede conducir vehículos de la misma. Dependerá de las jerarquías según lo disponga la empresa de acuerdo a su organización interna. Tiene personal a su cargo. C) Encargado de Limpieza Es el encargado del mantenimiento de la limpieza del área de la Empresa. Tiene personal a su cargo. Dependerá de las jerarquías de acuerdo a lo que disponga la empresa según su organización interna. D) Encargado de Taller Es el encargado de supervisar todas las tareas de reparación y mantenimiento de los vehículos afectados al servicio de Empresa. Puede conducir vehículos. Tiene personal a su cargo. Dependerá de las jerarquías según lo disponga la empresa de acuerdo a su organización interna. NIVEL III 1°) Area Administrativa A) Auxiliar Segundo Se consideran en esta categoría los empleados que auxilian al Primero. En caso de licencia o ausencia temporaria deben reemplazar transitoriamente al mismo debiendo quedar constancia de este reemplazo en el Libro de Horarios Especiales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. B) Cobrador Servicios Fúnebres Realiza las tareas de cobranza de servicios. Depende de las jerarquías del área administrativa. Puede conducir vehículos de la Empresa afectados a la cobranza 2°) Area de Servicio A) Largador de Servicio o Encargado Es el responsable del desarrollo total del servicio a efectuar. Ordena la ubicación de la flota de remises en el servicio. Corre trámites inherentes al mismo. Supervisa el personal y la limpieza de los vehículos en el servicio. Deberá conducir profesionalmente. B) Mecánico Pintor de Autos Chapista Electricista Herrero Deben cumplir profesionalmente las tareas específicas de cada oficio y de colaboración entre sí, en todo trabajo de construcción, reparación y/o mantenimiento de todos los bienes o vehículos siempre que sea necesario su concurso. Pueden conducir profesionalmente los vehículos de la Empresa. Dependerán de la jerarquías de acuerdo a la organización interna según lo disponga la Empresa. NIVEL IV 1° Area de Administración y Ventas A) Auxiliar Tercero B) Tramitador Deberán cumplir las obligaciones específicas de cada tarea pudiendo estar las mismas afectadas tanto al área administrativa como al área de venta, prestando la colaboración que determine el superior inmediato de cada área. En los casos de ser necesario para el cumplimiento de su tarea específica, pueden conducir vehículos afectados a la misma. 2°) Area de Servicio A) Chofer Comprende a choferes profesionales con obligación de conducir automóviles, furgones, carrozas, portacoronas, ambulancias y vehículos en general, destinados a los servicios que presta la empresa, realizando además todas las tareas correspondientes al uso específico de cada unidad automotor. Asimismo efectuará los trámites inherentes a la función que cumpla el vehículo a su cargo en cada servicio. Serán responsables del mantenimiento de la limpieza del vehículo que se les asigne teniendo también la obligación de utilizar en el desempeño de su labor en forma prolija y aseada el uniforme de trabajo correspondiente. Tendrá a su cargo el material de trabajo inherente a los servicios. Dependerán según las características de cada empresa del vendedor -Encargado de turno- Capataz o largador a cargo del servicio que preste. B) Oficial Albañil Oficial Sanitario oficial de Obras Desarrollarán la labor específica de sus oficios y/o tareas afines y de colaboración general entre sí en todos los locales o instalaciones de uso o de interés para el funcionamiento de la empresa. Estarán subordinados a las jerarquías que cada empresa determine de acuerdo a su organización interna. NIVEL V Area de Servicios A) Ayudantes de Chofer B) Lavadores C) Porteros D) Serenos E) Limpiadores F) Cocinero/a G) Mozo H) Recepcionista I) Telefonista Cumplirán las obligaciones específicas de cada labor. Desarrollarán tareas de limpieza de locales en general, lavado de vehículos, atención de porterías y cafeterías en las oficinas y/o en todos los locales velatorios, como así también del público asistente, y tendrán la vigilancia y cuidado de las instalaciones y bienes de la Empresa ubicados en el área donde se ejecutan sus labores. Cobradores de Previsora Efectuarán la cobranza mensual de las cuotas que pagan los abonados de las previsoras, dentro de la organización de zonas, radios, condiciones particulares y de trabajo que dispongan las Empresas. Dependerán jerárquicamente del área administrativa o contable a la que compete su labor. Podrán conducir vehículos afectados a la cobranza: Disposiciones Generales I) La categorización determina el Salario Básico para cada cargo, los excedentes que por encima de los mismos puedan abonar a sus empleados las empresas, no obliga a las restantes a equiparaciones de ninguna índole. Tampoco serán de aplicación general los convenios celebrados entre algunas empresas y su personal; II) Considerando las diferencias existentes entre las empresas en cuanto a estructuras comerciales, organización y características del trabajo y cantidad de cargos y empleados afectados a su funcionamiento, podrán todos los empleados brindar su concurso en todas las tareas que competen al sector donde desarrollan su actividad, percibiendo el salario correspondiente a la tarea mejor remunerada; salvo que se realice en forma esporádica o eventual. (*)