Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase el Plan de Inversiones 1985 aprobado por decreto 290/985 de 4 de julio de 1985 según se detalla en el anexo que forma parte de este decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase el Plan de Inversiones 1985 aprobado por decreto 290/985 de 4 de julio de 1985 según se detalla en el anexo que forma parte de este decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Declárase que las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a N$ 100.00 (nuevos pesos cien) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución. Asimismo, declárase que las partidas en moneda nacional están expresadas a precios corrientes de 1985.
Artículo 3 — Artículo 3
Las modificaciones a las asignaciones presupuestales previstas en el presente decreto e incluídas en el Anexo mencionado en el artículo 1 se harán conforme con lo establecido por el decreto 84/984 del 1º de marzo de 1984 y decreto 172/985 de 2 de mayo de 1985.
Artículo 4 — Artículo 4
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá ejecutar las inversiones que se autorizaron según anexo del decreto 290/985, del 4 de julio de 1985 hasta un monto máximo de N$ 1.749:600.000.00 (nuevos pesos mil setecientos cuarenta y nueve millones seiscientos mil) a precios corrientes de 1985 financiados con Rentas Generales y FIMTOP y U$S 10:000.000.00 (diez millones de dólares de los Estados Unidos de América) financiados con recursos de endeudamientos.
Artículo 5 — Artículo 5
Modifícase la denominación de dos proyectos de inversión del Inciso II "Ministerio de Educación y Cultura" de acuerdo con el detalle siguiente: Programa 210 - Proyecto 017 "Museo Nacional de Antropología Equipamiento General Reparaciones Varias". Programa 214 - Proyecto 020 "Remodelación y Adquisición Edificio Zona Sur".
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, publíquese, etc