Artículo 1 — Artículo 1
Se aprueba el precio de venta del alcohol carburante en la suma de N$ 404.00 (cuatrocientos cuatro nuevos pesos) el litro a 95° incluido el Impuesto al Valor Agregado, fijado por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland. (*)