Decreto61-1986·1986

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 1985. ENERO 1986

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/1986

Fecha de publicación

20/02/1986

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 1985, a utilizar a los efectos de los dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 622.84 (nuevos pesos seiscientos veintidós con 84/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 1985 en N$ 570.30 (nuevos pesos quinientos setenta con 30/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo asciende, en el mes de diciembre de 1985, a 29.601,76 (Veintinueve mil seiscientos uno con 76/100).

Artículo 4Artículo 4

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del decreto ley 14.219 según redacción dada por el artículo 1 del decreto ley 15.154, la determinación de los Alquileres que se actualizan en el mes de enero de 1986 se efectuará multiplicando el último alquiler por el coeficiente 1,8303 (uno con ocho mil trescientos tres milésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.