Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse los numerales 6 y 23 del artículo 11 del Decreto Nº 574/974 de 12 de julio de 1974, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "6. Régimen de conservación y transformación de los productos derivados de la actividad ganadera, agrícola y pesquera, sin perjuicio de la competencia en la materia del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 23. Régimen y contralor de la industria frigorífica, sin perjuicio de la competencia en la materia del Ministerio de Industria, Energía y Minería".