Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores a suscribir a nombre del Poder Ejecutivo el siguiente Acuerdo con la Intendencia Municipal de Montevideo: "El Poder Ejecutivo y la Intendencia Municipal de Montevideo acuerdan: 1. La Comisión Nacional Coordinadora de las Actividades Culturales en el Exterior estructurará un plan de becas e intercambios que permita detectar, promover e incentivar la formación de los artistas nacionales. 2. En el marco de este plan, la Comisión, mediando consenso entre todos sus integrantes, resolverá el otorgamiento de becas y subvenciones que favorezcan intercambios culturales. 3. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, asegurará la ejecución de estas resoluciones, proporcionando a los efectos los funcionarios, material y servicios necesarios. 4. La Intendencia Municipal de Montevideo a través de la División de Planificación y Acción Cultural del Departamento de Cultura, asegurará, en estricto cumplimiento de sus objetivos y en la medida de su disponibilidad presupuestal, la ejecución de las resoluciones antedichas".