Decreto617-1985·1985

DISTRIBUCION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/11/1985

Fecha de publicación

28/11/1985

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Distribúyase totalmente la partida de N$ 600:000.000 (nuevos pesos seiscientos millones) prevista en el artículo 11 de la ley 15.767 de 13 de setiembre de 1985, que aprueba la Rendición de Cuentas 1984, según el siguiente detalle: Rentas FIMTOP TOTAL Generales (miles (miles (miles N$) N$) N$) Programa Nacional de Interconexión Vial 350.000 350.000 Plan Municipal de Obras Municipales 80.000 80.000 Grupo de Trabajo Permanente Tacuarembó-Rivera: Intendencia Municipal de Rivera 53.647 53.647 Intendencia Municipal de Tacuarembó 52.353 52.353 Comisión de Obras de Defensa del Bajo Río Negro: Intendencia Municipal de Soriano 64.000 64.000 TOTAL 250.000 350.000 600.000 (*)

Artículo 2Artículo 2

Dispónese de hasta U$S 6:700.000 (seis millones setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América) equivalente a N$ 670:000.000 (nuevos pesos seiscientos setenta millones) al tipo de cambio de N$ 100 (nuevos pesos cien) por dólar para el ejercicio 1985 de los contratos de préstamo aprobados por los decretos-leyes 15.445 de 5 de agosto de 1983 y 15.644 de 17 de octubre de 1984, para las obras del Programa Nacional de Interconexión Vial y del Plan Nacional de Obras Municipales de acuerdo a la distribución siguiente: Plan Nacional de Obras Municipales N$ 320:000.000 Programa Nacional de Interconexión Vial N$ 350:000.000 (*)

Artículo 3Artículo 3

Habilítanse en el Inciso 24 "Diversos créditos" las asignaciones presupuestales mencionadas en los artículos 1 y 2 precedentes.

Artículo 4Artículo 4

Las partidas financiadas con cargo a FIMTOP y Endeudamiento Externo serán administradas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo 5Artículo 5

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas deberá informar trimestralmente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sobre el avance en la ejecución de las obras incluídas en el Programa Nacional de Interconexión Vial y en el Plan Nacional de Obras Municipales.

Artículo 6Artículo 6

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, publíquese, etc