Artículo 1 — Artículo 1
Las compañías de transporte internacional cuyas embarcaciones operen en los puertos de Montevideo, Colonia y Punta del Este, deberán abonar a la Dirección Nacional de Migración por concepto de viático del personal afectado a las inspecciones de entrada y salida de personas del territorio nacional, las sumas que a continuación se indican: - Hasta 50 pasajeros N$ 1.910,00 - De 51 a 100 pasajeros N$ 5.260,00 - De 101 a 200 pasajeros N$ 10.770,00 - De 201 a 400 pasajeros N$ 17.940,00 - De 401 a 600 pasajeros N$ 21.530,00 - De 601 a más pasajeros N$ 25.120,00 - En los demás puestos del país se abonará la suma de N$ 2.630,00 por cada embarcación. - Cuando resulte conveniente a los efectos de pronto despacho del pasaje, la Dirección Nacional de Migración podrá disponer el embarque de hasta cuatro funcionarios en cada embarcación.