Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
(*)
Artículo 2 — Artículo 2
Acreditado que sea la concreta asignación del porcentaje mínimo de recaudación al pago de premios así como el efectivo pago de los mismos, la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas dentro de los veinte días, siguientes deberá proceder a la liberación de las sumas retenidas expidiendo los documentos necesarios a tal efecto.-
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc..-