Decreto62-2004·2004

JUEGOS DE AZAR. GARANTIAS DE PAGO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/02/2004

Fecha de publicación

26/02/2004

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Acreditado que sea la concreta asignación del porcentaje mínimo de recaudación al pago de premios así como el efectivo pago de los mismos, la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas dentro de los veinte días, siguientes deberá proceder a la liberación de las sumas retenidas expidiendo los documentos necesarios a tal efecto.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-