Decreto620-1989·1989

FIJACION DE TASA DE INTERES PARA REGIMENES DE FACILIDADES. 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/1989

Fecha de publicación

15/01/1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La tasa de interés a que se refiere el artículo 33 del Código Tributario será del 6,5% (seis con cinco por ciento) mensual para el año 1990.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.