Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el período comprendido entre el 1º de enero y el 28 de febrero de 2009, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave dispuesta en el artículo 1º del Decreto Nº 469/008 de 6 de octubre de 2008, con el mismo alcance establecido en el articulo 1º del Decreto Nº 332/2007 de 10 de setiembre de 2007.