Artículo 1 — Artículo 1
A los efectos de la actualización dispuesta en el literal B) del artículo 4º de la Ley 17.819 de 6 de setiembre de 2004, el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas aplicará el Indice Medio de Salarios Ficto (I.M.S.F.) creado por el Banco de Previsión Social por la Resolución R.D Nº 27-3/2005 de 24 de agosto de 2005, en las condiciones establecidas en dicha Resolución.