Artículo 1 — Artículo 1
Los Tribunales de Calificación y de Capacitación para el Personal Civil del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" a los que aluden los artículos 8 del decreto 902/973 y 10 del decreto 903/973, serán presididos por el miembro designado por el Jerarca de la correspondiente Unidad Ejecutora .